BASE LEGAL
La Ley
Núm. 20-2017, conocida como "Ley del
Departamento de Seguridad Pública de Puerto Rico", crea el Departamento
(DSP) para reorganizar, reformar, modernizar y fortalecer los instrumentos
de seguridad pública a nivel estatal para incrementar su capacidad,
eficiencia y efectividad. El DSP será conformado por siete (7) negociados:
el Negociado de la Policía de Puerto Rico, el Negociado del Cuerpo de
Bomberos, el Negociado del Cuerpo de Emergencias Médicas, el Negociado de
Manejo de Emergencias y Administración de Desastres, el Negociado de
Sistema de Emergencias 9-1-1, el Negociado de Ciencias Forenses y el
Negociado de Investigaciones Especiales. La creación de este Departamento
integra los poderes bajo un solo oficial, su Secretario, cuya misión es
proteger, investigar y/o prevenir actividades delictivas o situaciones de
emergencias en Puerto Rico y trabajar de forma integrada con la seguridad
pública. Con éstas 7 agencias de gobierno bajo una sola estructura se
logra una mejor utilización de los recursos fiscales y el capital humano,
reuniendo el esfuerzo, trabajo y colaboración en un solo componente de
seguridad pública logrando un servicio y respuesta más ágil, eficaz y en
menor tiempo.
MISIÓN
Fomentar y lograr que el
Departamento de Seguridad Pública y sus negociados provean servicios de
calidad y excelencia. En el desempeño de las funciones del Departamento,
se realizan encaminadas a identificar, prevenir, regular y fiscalizar lo
concerniente a la seguridad del pueblo de Puerto Rico. Coordinar los
esfuerzos de todos los negociados adscritos a los fines de proteger,
investigar y/o prevenir actividades delictivas o situaciones de
emergencias en Puerto Rico y trabajar de forma integrada con los
organismos de Seguridad Nacional de Estados Unidos.
ESTRUCTURA
ORGANIZACIONAL
El Departamento de Seguridad
Pública cuenta con 7 Negociados:
- Negociado
de la Policía de Puerto Rico - El Negociado tiene el deber y obligación
de proteger a las personas y a la propiedad, mantener y conservar el
orden público, observar y procurar la más absoluta protección de los
derechos civiles del ciudadano, prevenir, descubrir, investigar y
perseguir el delito y, dentro de la esfera de sus atribuciones, compeler
obediencia a las leyes, ordenanzas municipales, y reglamentos que
conforme a éstas se promulguen.
- Negociado
del Cuerpo de Bomberos de Puerto Rico - Este Negociado tiene entre sus
deberes y obligaciones prevenir y combatir fuegos, salvar vidas,
garantizar a los ciudadanos en general una protección adecuada contra
incendios, así como determinar, una vez ocurrido el siniestro, el origen
y las causas del incendio.
- Negociado
del Cuerpo de Emergencias Médicas - Este Negociado es responsable de
garantizarle a la ciudadanía en general un servicio de óptima calidad
cuando de forma no prevista necesiten primeros auxilios, cuidado médico
prehospitalario y/o transporte a una facilidad médica hospitalaria
adecuada para preservar su salud o disminuir un daño o incapacidad
permanente que pueda surgir como consecuencia de una enfermedad o
accidente.
- Negociado
de Sistemas de Emergencias 9-1-1 - Dirige y administra la prestación del
servicio de atención de llamadas del público al 9-1-1, así como al
3-1-1, y la distribución de dichas llamadas a los Negociados del
Departamento de Seguridad Pública, otras agencias o instrumentalidades,
otros proveedores de servicios de emergencias o cualquiera otro que sean
autorizados por el Departamento para su eficaz atención.
- Negociado
de Ciencias Forenses - El Negociado tiene el deber y obligación de
realizar investigaciones científicas y tecnológicas con el objeto de
determinar la causa, la manera y las circunstancias de la muerte de
cualquier persona cuyo deceso no sea atribuido a causas naturales.
También hará cualesquiera otras investigaciones científicas y
tecnológicas necesarias para apoyar a los otros negociados en el
esclarecimiento y procesamiento de eventos delictivos.
- Negociado
de Manejo Emergencias y Administración de Desastres - El Negociado tiene
el deber y obligación de proteger a las personas en situaciones de
emergencias o desastres y, a esos efectos, provee de la forma más rápida
y efectiva la asistencia necesaria para la protección antes, durante y
después de éstos asegurando la protección de vida y propiedades. De
igual manera, gestiona la más pronta recuperación y estabilización de
los servicios necesarios a los ciudadanos, industrias, negocios y
actividades gubernamentales.
- Negociado
de Investigaciones Especiales de Puerto Rico - Establece los acuerdos
colaborativos interagenciales que precisa la lucha contra el crimen e
identifica posibles áreas de vulnerabilidad. Realiza investigaciones que
requieren alto grado de peritaje, entre estos: secuestros o muertes de
funcionarios públicos, sobornos, destrucción a propiedad pública,
apropiación ilegal de fondos públicos, falsificación de documentos
públicos. Además, investiga actividades criminales organizadas como:
tráfico y poseción de narcóticos y drogas legales controladas e
ilegales; tráfico ilegal de armas de fuego; financiamiento de la
actividad criminal y lavado de dinero. Coordina la protección de
dignatarios e interviene en casos de terrorismo. Comparte información
con 180 países en la lucha contra el crimen internacional. Ofrece
protección, seguridad y apoyo a víctimas y testigos de delito.
PRESUPUESTO RECOMENDADO PARA EL AÑO FISCAL
2018-2019
La Ley 20-2017 entró
en vigor durante el mes de octubre de 2017 y el Departamento de Seguridad
Pública se encuentra en el proceso de transición e integración de los
Negociados. Destacamos que, para este Año Fiscal y para efectos de
presentación, los Negociados se mantienen como una entidad
independiente.
El Presupuesto Recomendado considera los principios
del Plan Fiscal presentado por el Gobierno de Puerto Rico a la Junta de
Supervisión y Administración Financiera (JSF). Además, está basado en la
metodología de Presupuesto Base Cero (PBC) conforme a la Política Pública
establecida en el Boletín Administrativo Núm. OE 2017-05.
El PBC es
una metodología presupuestaria y de planeación de política fiscal cuyo
objetivo fundamental es alcanzar que no se gaste en exceso de lo que se
recauda. De esta manera, se limita el incremento de la deuda pública y se
garantiza la utilización de prácticas rentables y responsables, tanto a
corto como largo plazo. Al aplicar la técnica del PBC se contempla evaluar
y justificar cada año todos los programas y gastos de los departamentos,
agencias o instrumentalidades del Gobierno partiendo de cero, sin tomar en
consideración las asignaciones presupuestarias de años anteriores. Así, se
logra una reducción en los gastos y se elimina la duplicidad en el
ofrecimiento de servicios.
Para el Año Fiscal
2018-2019, el presupuesto consolidado recomendado asciende a
$1,097,977,000. De estos, $1,040,568,000 provienen de la Resolución
Conjunta del Presupuesto General; $ 21,088,000 de Fondos Especiales
Estatales; $9,771,000 de Fondos Federales; $21,383,000 de Ingresos
Propios; y $5,167,000 de Otros Ingresos.
El presupuesto recomendado
de la Resolución Conjunta del Presupuesto General incluye, $108,359,000
para gastos de funcionamiento; y $732,257,000 para el pago de Nómina y
Costos Relacionados.
Los Fondos Especiales Estatales provienen: de
la Ley 16-1989 conocida como Fondo Especial de Donaciones, que se
utilizarán para la compra de equipo; Ley 404-2000 conocida como Fondo
Especial de la Ley de Armas de Fuego, para adquirir el equipo necesario
para implantar los mecanismos que propendan a localizar el uso y
disposición de armas de fuego, así como reducir la utilización de armas de
fuego en la comisión de actos delictivos; Ley 208-1998 conocida como Fondo
Especial de Vehículos Hurtados para la adquisición de equipo y materiales
dirigidos a fortalecer las investigaciones criminales; Ley 12-1995
conocida como Fondo Especial del Programa de Reciclaje para la compra de
materiales y suministros; inspecciones realizadas, de acuerdo con la Ley
Núm. 20 de 10 de abril de 2017 y la Ley Núm. 170 de 12 de agosto de 1988,
según enmendada, para prevenir, combatir y determinar las causas de
incendios, y para proteger vida y propiedades; Ley 539-2004, que permite
la facturación por servicios prestados a pacientes con o sin plan médico y
se utilizan para cubrir los gastos de nómina y funcionamiento del CEMPR;
entre otros.
Entre los Programas
Federales que proveen mayores aportaciones se incluyen: "Emergency
Management Performance Grants", "Homeland Security Grant Program", "Urban
Train", "Fusion Center", "Bomb Squad", "Operation Stonegarden",
"Cooperative Foresty Assitance", "Child Safety and Child Booster Seats
Incentive", "Paul Coverdel Forensic Science Improvement", "DNA Capacity
Enhancement and Backlog Reduction Program", "Edward Byrne Memorial Justice
Assistance", y "State and Community Highway Safety", entre otros.
Los Ingresos Propios
provienen de los servicios que se prestan a los municipios y entidades
privadas bajo el Programa de Profesionalización de la Policía de Puerto
Rico. Además, provienen de las remesas enviadas por las compañías
telefónicas por concepto de los cargos a sus abonados para el pago del
Servicio de Emergencias 9-1-1 y del cobro por los servicios a las agencias
integradas a la Línea de Servicios a la Ciudadanía 3-1-1. De estos
recaudos, la Junta podrá disponer para los gastos individuales propios de
las agencias de seguridad a la atención de las llamadas 9-1-1, según
dispuesto en el Reglamento Núm. 5303 del Negociado de Sistemas de
Emergencias 9-1-1 (antes, Junta de Gobierno 9-1-1)
Los Otros Ingresos
provienen del Negociado de Sistemas de Emergencias 9-1-1 por las llamadas
atendidas, que son distribuidas de acuerdo a la Ley Núm. 20 de 10 de abril
de 2017. Estos son utilizados para sufragar gastos operacionales del
programa de Servicios de Emergencia 9-1-1/Línea de Maltrato a Menores y
para la compra de equipo y servicios dirigidos a reforzar el servicio de
emergencia. También se incluyen, en Otros Ingresos: los servicios
policiacos prestados; el cobro a la clientela por los servicios de
protocolo de autopsias, exámenes externos de patología forense,
certificaciones del patólogo y de las pruebas de sustancias controladas a
los empleados gubernamentales y privados.
El Presupuesto
Recomendado permitirá el cumplimiento con los deberes ministeriales
cónsono con la aplicación de la política pública. Además, considera las
recomendaciones del Plan Fiscal presentado a la JSF creada bajo la Ley de
Supervisión, Administración, y Establidad Económica de Puerto Rico (Puerto
Rico Oversight, Management and Economic Stability Act of 2016, en adelante
"PROMESA", por sus siglas en inglés), Pub. L. No. 114-187,130 Stat. 2183
(2016).
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