COMISIÓN DE DERECHOS CIVILES | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
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BASE LEGAL La Ley Núm. 102 de 28 de junio de 1965, según enmendada, crea la Comisión de Derechos Civiles. Mediante la Ley 186-1996, según enmendada, se adscribe dicha Comisión a la Rama Legislativa. MISIÓN Educar y proteger los derechos civiles fundamentales de todos los puertorriqueños y otras personas residentes en Puerto Rico. ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL
PUESTOS OCUPADOS
Educación y Orientación sobre los Derechos Civiles Descripción del Programa
Educa sobre el significado de los derechos fundamentales y los medios de respetarlos, protegerlos y enaltecerlos. Para lograrlo, ofrece a diferentes sectores de la población: seminarios, adiestramientos, charlas, conferencias, congresos, tertulias y actividades afines, a través de toda la Isla. Además, ofrece orientación legal a las personas que alegan violaciones a sus derechos civiles y se les sugieren cursos de acción. Asimismo, efectúa estudios e investigaciones sobre estas quejas o querellas. También, asesora al Poder Ejecutivo y Legislativo sobre la situación de los derechos civiles del País y colabora con entidades gubernamentales y de la sociedad civil en la protección de los derechos fundamentales. Por otro lado, conforme a la
Ley 186-1996,
participa en procesos judiciales en calidad de "amicus curiae".
Clientela Público en general PRESUPUESTO RECOMENDADO PARA EL AÑO FISCAL 2013-2014
El presupuesto consolidado recomendado para el año fiscal 2013-2014 asciende a $1,193,000, proveniente de la Resolución Conjunta del Presupuesto General. Estos recursos permitirán que la Comisión sufrague sus gastos operacionales y cumpla con las facultades y deberes que se disponen en su Ley Orgánica, la cual le autoriza a realizar estudios, investigaciones y hacer recomendaciones.
RESUMEN DE LOS RECURSOS DISPONIBLES DE LA AGENCIA
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