COMISIÓN DE INVESTIGACIÓN, PROCESAMIENTO Y APELACIÓN.


BASE LEGAL

La Ley Núm. 32 de 22 de mayo de 1972, según enmendada, crea la Comisión de Investigación, Procesamiento y Apelación, en caso de que se impute mal uso o abuso de autoridad a cualquier agente del orden público estatal o municipal, agente de rentas internas o cualquier otro funcionario de la Rama Ejecutiva estatal o municipal, autorizado para efectuar arrestos.

La consolidación de entidades gubernamentales es un esfuerzo dirigido aumentar la capacidad de funcionamiento y coordinación en beneficio de la ciudadanía. Estos procesos proveen para lograr mayor coherencia en la formulación y ejecución de políticas públicas, menos fragmentación en la prestación de servicios, eliminación de redundancia en funciones de apoyo administrativo y mejor uso de los recursos humanos para designarlos a las áreas de mayor necesidad e impacto al ciudadano. Un Gobierno mejor organizado y menos fragmentado es un Gobierno más ágil y efectivo.

Como parte de la presentación del presupuesto recomendado, se ha radicado un anteproyecto de Administración para integrar las funciones de la Comisión de Investigación, Procesamiento y Apelación al Departamento del Trabajo y Recursos Humanos. La Administración considera que una reconfiguración abarcadora de la Rama Ejecutiva es parte integral de una estrategia efectiva para mejorar los servicios a la ciudadanía y la recuperación económica y fiscal.

MISIÓN

Investigar querellas por mal uso o abuso de autoridad por parte de funcionarios de la Rama Ejecutiva y funcionarios municipales con facultad para efectuar arrestos en contra de ciudadanos; y de ser necesario, imponer sanciones disciplinarias dentro de los límites delegados a la Autoridad Nominadora. Atender las apelaciones presentadas, respetando el debido proceso de ley que protege a las partes.

RECURSOS HUMANOS

Puestos Ocupados y Propuestos 2013 2014 2015 2016
Sept./12 Sept./13 Sept./14 Proy.

 

Cantidad total de puestos 8 9 8 8

Los datos provienen del Informe de Puestos Ocupados certificado por la Agencia al 30 de septiembre de cada año fiscal. El número correspondiente al Año Fiscal 2015-2016 es proyectado durante el proceso presupuestario.

INVERSIÓN DE RECURSOS

La inversión de recursos destinados para cumplir con los deberes ministeriales de la Agencia en el Año Fiscal 2014-2015 ascendió a $473,000, los cuales provienen en un 100% del Fondo General.

PRESUPUESTO APROBADO PARA EL AÑO FISCAL 2015-2016

El presupuesto consolidado aprobado para el Año Fiscal 2015-2016 asciende a $424,000, provenientes de la Resolución Conjunta del Presupuesto General.

Los gastos de funcionamiento reflejan una disminución de $49,000 en comparación con los recursos asignados para el Año Fiscal 2014-2015. Esta disminución se debe principalmente a la política pública de reducción de gasto. Además, considera el efecto de la redistribución del presupuesto asignado para el pago a las corporaciones públicas por concepto de servicios de la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados, Autoridad de Energía Eléctrica y el pago de las Primas de Fianza de Fidelidad. Los recursos para el pago de utilidades a las Corporaciones con cargo al Fondo General están consignados Bajo la Custodia de la Oficina de Gerencia y Presupuesto. Esto con el propósito de agilizar y garantizar los pagos correspondientes.

RESUMEN DE LOS RECURSOS CONSOLIDADOS DE LA AGENCIA

Presupuesto Consolidado  (en miles de dólares) 2013 2014 2015 2016

 

Servicio Directo
Programa
Gastos de Funcionamiento Gasto Gasto Asig. Asig.
Investigación de Casos por Abuso de Poder de Funcionarios Públicos 439 484 473 424
Subtotal, Gastos de Funcionamiento, Servicio Directo 439 484 473 424
 
Total, Servicio Directo 439 484 473 424
 
Total, Programa 439 484 473 424
 
Origen de Recursos  
Gastos de Funcionamiento  
Resolución Conjunta del Presupuesto General 433 484 473 424
Asignaciones Especiales 6 0 0 0
Subtotal, Gastos de Funcionamiento 439 484 473 424
Total, Origen de Recursos 439 484 473 424
 
Concepto  
Gastos de Funcionamiento de la RC del Fondo General  
Nómina y Costos Relacionados 358 390 369 369
Facilidades y Pagos por Servicios Públicos 33 33 34 10
Servicios Comprados 16 30 20 12
Gastos de Transportación 2 2 3 3
Servicios Profesionales 0 0 10 6
Otros Gastos Operacionales 8 14 32 20
Compra de Equipo 12 8 0 0
Materiales y Suministros 4 7 5 4
Subtotal, Gastos de Funcionamiento de la RC del Fondo General 433 484 473 424
 
Total de la RC del Fondo General 433 484 473 424
 
 
Gastos de Funcionamiento de la AE del Fondo General  
Nómina y Costos Relacionados 6 0 0 0
Subtotal, Gastos de Funcionamiento de la AE del Fondo General 6 0 0 0
 
Total de la AE del Fondo General 6 0 0 0
 
Total del Fondo General 439 484 473 424
 
Total, Concepto 439 484 473 424



PROGRAMA DE SERVICIO DIRECTO

Investigación de Casos por Abuso de Poder de Funcionarios Públicos

Descripción del Programa

Inicia procesos de investigación por iniciativa o con la presentación de querellas, apelaciones o peticiones radicadas en la Comisión. Impone medidas o sanciones disciplinarias contra agentes del orden público estatal o municipal, agente de rentas internas o cualquier otro funcionario de la Rama Ejecutiva estatal o municipal, autorizado para efectuar arrestos. Actúa como cuerpo apelativo para oír y resolver apelaciones interpuestas por los funcionarios públicos y municipales, con capacidad de arrestos, cubiertos por esta Ley, así como aquellas apelaciones interpuestas por ciudadanos cuando no estén de acuerdo con la determinación de la autoridad facultada para sancionar.

Clientela

Ciudadanía y los funcionarios públicos de la Rama Ejecutiva y Municipios con poder de efectuar arrestos.

Datos Estadísticos 2014 2015 2016

 

Casos radicados por ciudadanos 10 15 15
Casos adjudicados de ciudadanos 6 8 16
Casos pendientes de ciudadanos 5 10 10
Casos radicados por funcionarios 240 250 350
Casos adjudicados de funcionarios 232 350 300
Casos pendientes de funcionarios 350 400 400

Los datos estadísticos son información provista por la Agencia durante el proceso presupuestario del Año Fiscal 2015-2016.