ADMINISTRACIÓN DEL SISTEMA DE RETIRO DE EMPLEADOS DEL GOBIERNO Y LA JUDICATURA (SISTEMA CENTRAL) | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
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BASE LEGAL
La
Ley Núm. 447 de 15 de mayo de 1951,
según enmendada, crea un sistema de retiro y beneficios que se denominará "Sistema de Retiro de los Empleados del Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico", el cual se considera un fideicomiso. La
Ley 3-2013,
enmienda la Ley Núm. 447 de 15 de mayo de 1951, y crea un Programa Híbrido de Contribución Definida, del que participan a partir del 1 de julio de 2013, todos los empleados que son parte de la matrícula del Sistema. La
Ley Núm. 12 de 19 de octubre de 1954,
según enmendada, crea un Sistema de Retiro para la Judicatura del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, conocido como "Sistema de Retiro de la Judicatura de Puerto Rico". MISIÓN
Brindar servicios de calidad a los empleados del Gobierno del Estado Libre Asociado y de la Judicatura a través de una sana administración que asegure un ingreso económico digno a los servidores públicos ya retirados, así como recursos financieros a participantes activos.
Administrar eficaz y eficientemente el fondo de anualidades y pensiones, desarrollar estrategias de inversión que redunden en solvencia económica al Sistema y a la proyección actuarial.
Además, custodiar y administrar los recursos que anualmente se consignan en el Presupuesto General de Gastos para las Leyes Especiales. RECURSOS HUMANOS
INVERSIÓN DE RECURSOS
La inversión de recursos destinados para cumplir con los deberes ministeriales de la Agencia en el Año Fiscal 2015-2016 ascendió a $28,537,000, los cuales provienen en un 100% de Ingresos Propios. PRESUPUESTO RECOMENDADO PARA EL AÑO FISCAL 2016-2017
El presupuesto consolidado recomendado para el Año Fiscal 2016-2017 asciende a $28,537,000, provenientes en su totalidad de Ingresos Propios. Los gastos de funcionamiento se mantienen igual a los recursos asignados para el Año Fiscal 2015-2016.
El presupuesto propuesto permitirá al Sistema de Retiro de los Empleados del Gobierno y la Judicatura, administrar los recursos para que sus participantes puedan recibir un ingreso digno al momento de retirarse del servicio público. Algunos de los beneficios que le provee el Sistema a sus miembros participantes, beneficiarios y dependientes son beneficios por defunción, préstamos personales, culturales o hipotecarios.
Admnistración del Sistema de Retiro de Empleados del Gobierno y la Judicatura Descripción del Programa
Administra el Sistema de Retiro de Empleados del Gobierno y la Judicatura y todas aquellas actividades técnicas y administrativas que sean requeridas para proveer servicios a los participantes. Clientela
Empleados estatales, municipales y jueces activos, pensionados y beneficiarios.
Los datos estadísticos es información provista por la Agencia durante el proceso presupuestario del Año Fiscal 2016-2017. |