DEPARTAMENTO DE JUSTICIA | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
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BASE LEGAL
La
Sección 6 del Artículo IV de la Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico de 25 de julio de 1952,
crea el Departamento de Justicia. Por su parte, la
Ley 205-2004,
conocida como "Ley Orgánica del Departamento de Justicia", establece las funciones y deberes del Secretario de Justicia y demás funcionarios y empleados del Departamento.
Plan de Reorganización Núm. 5 de 27 de diciembre de 2011. MISIÓN
Asegurar el fiel cumplimiento de la Constitución y las leyes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, fortalecer la integridad de las instituciones gubernamentales y defender al Pueblo de Puerto Rico en acciones civiles y criminales, para dotar al País de un sistema de justicia ágil y confiable que aspire a los más altos principios de igualdad y dignidad humana.
Asesoramiento Legal y Representación en Litigios Descripción del Programa
Provee el asesoramiento requerido a la Oficina del Gobernador, agencias de la Rama Ejecutiva y la Asamblea Legislativa, sobre opiniones, contratos y solicitudes de representación legal, al amparo de la
Ley Núm. 104 de 29 de junio de 1955,
según enmendada,
conocida como "Ley de Reclamaciones y Demandas Contra el Estado". Asesora sobre la legislación proyectada o radicada, así como la originada y auspiciada por el Departamento de Justicia. También, ofrece servicios de representación legal, cuando sea requerido por el Gobernador. Además, representa al Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico y funcionarios en toda demanda y proceso civil según dispuesto en la Ley Núm. 9 de 26 de noviembre de 1975.
Clientela La Oficina del Gobernador, Agencias de la Rama Ejecutiva, Asamblea Legislativa, Municipios y Corporaciones Públicas. Dirección y Administración General Descripción del Programa
Agrupa las funciones relacionadas con la dirección y supervisión de la Agencia. Establece los procedimientos para que la Agencia se administre, de tal forma que pueda cumplir con sus metas y objetivos. Además, asesora y ofrece apoyo a los programas operacionales del Departamento para que puedan realizar eficazmente sus encomiendas. Bajo este Programa se incluye la Oficina del Secretario, desde donde se coordina la política pública de la Agencia; las Secretarías de Recursos Humanos, Gerencia y Administración y las Oficinas de Informática y Auditoría. También, se ubica el presupuesto operacional de la Junta de Confiscaciones y del Instituto de Capacitación y Desarrollo del Pensamiento Jurídico. Clientela Programas, unidades, empleados de la Agencia y público en general. Investigaciones EspecialesDescripción del Programa
Desarrolla técnicas especializadas en el campo de la investigación criminal. Además, recopila y evalúa la información relacionada con la materia de investigación y seguridad estatal. Combate la corrupción gubernamental, el crimen organizado y actos delictivos relacionados con la función pública. Ofrece albergue a víctimas y testigos de delitos.
Clientela Todas las agencias del Gobierno de Puerto Rico y público en general. Investigación y Procesamiento de Asuntos de Menores y Familia Descripción del Programa
Implanta la política pública establecida en la
Ley Núm. 88 de 9 de julio de 1986,
según enmendada, conocida como "Ley de Menores de Puerto Rico", la cual impone el deber de investigar y procesar a menores de 18 años que incurren en faltas. Representa al Ministerio Público en procedimientos civiles, tales como adopciones, declaraciones de incapacidad, tutela y autorizaciones judiciales relacionadas con los bienes de menores, entre otros.
Coordina el Programa Justicia va a la Comunidad, en el que se orienta a maestros, padres, estudiantes y grupos comunitarios sobre las funciones del Departamento de Justicia y los servicios que éste ofrece al ciudadano. Además, el Proyecto Televisivo de Circuito Cerrado ofrece servicios en casos en que un tribunal determine que una víctima o testigo menor de 18 años, no debe declarar frente al acusado.
Menores y personas incapacitadas que necesiten representación legal en asuntos civiles, donde son perjudicados o se pueden afectar sus derechos, agentes del orden público que someten querellas sobre la comisión de delitos y faltas para su eventual investigación y procesamiento, agencias del Gobierno de Puerto Rico y público en general. Investigación y Procesamiento Criminal Descripción del Programa
Investiga y procesa los hechos contrarios a la ley que constituyen un delito. Representa al Pueblo de Puerto Rico ante los tribunales en procesos de naturaleza criminal. Además, provee protección y otros servicios a víctimas y testigos del crimen y extradita fugitivos. Desarrolla y participa en proyectos dirigidos a prevenir actos delictivos, tales como: Salas de Cortes de Drogas y otros proyectos de prevención en el área de violencia contra la mujer.
Clientela
Ciudadanos y agentes del orden público que sometan querellas sobre la comisión de delitos y faltas para su eventual investigación y procesamiento. Además, víctimas y testigos de delitos que requieran ayuda y orientación para su comparecencia al juicio. Oficina de Compensación y Servicios a las Víctimas y Testigos de Delitos Descripción del Programa Autoriza y concede el pago de una compensación a víctimas que, como consecuencia directa de los delitos enumerados en la Ley Habilitadora, se afecten o sufran un daño corporal, enfermedad o muerte. Asi mismo, concede beneficios a aquellas personas que sufran daño o mueran, como resultado de un ataque al evitar la comisión de un delito, al apresar o tratar de apresar un sospechoso de la comisión de un delito o ayudar a un funcionario de orden público a llevar a cabo un arresto. Los delitos o tentativas de delitos por los cuales se ofrecen compensación son los siguientes: asesinatos, homicidio involuntario, imprudencia crasa, violación, incesto, secuestro, mutilación, sodomía de menores, actos lascivos e impúdicos, violencia doméstica y maltrato de menores. La Ley dispone beneficios, tales como gastos por servicios fúnebres, tratamiento médico, tratamiento psicológico o psiquiátrico, así como gastos legales.
Clientela Toda la población de Puerto Rico que sean víctimas de delito, según cualificada en la Ley. Descripción del Programa
Inscribe los actos y contratos relativos a los bienes inmuebles, mediante un sistema de publicidad de títulos. El mismo contiene las adjudicaciones, modificaciones y extensiones del dominio, derechos reales anotables sobre ellos, así como las resoluciones judiciales que afecten la capacidad de los titulares.
Clientela
Dueños de propiedades, investigadores de títulos, bancos, instituciones financieras y agencias gubernamentales que requieran expropiaciones.
Restricción de Prácticas Monopolísticas Descripción del Programa
Determina prácticas que conlleva restricciones al libre comercio y propendan a la indebida concentración del poder económico. Por ello, debe eliminar al máximo aquellas prácticas o condiciones que mermen la capacidad competitiva de cualquier entidad natural o jurídica dentro del sistema económico. Entre sus funciones básicas se destacan: detectar y restringir prácticas monopolísticas, mediante estudios económicos y jurídicos sobre los distintos mercados e industrias, preparar y promulgar reglamentos conducentes a regular algunas prácticas económicas, atender consultas en casos de fusiones y adquisiciones de tipo comercial, entre otros. Además, representa al Gobierno de Puerto Rico ante los tribunales estatales y federales, en casos relacionados con prácticas monopolísticas.
Clientela Público consumidor, pequeños comerciantes y agencias del Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. Sistema de Información de Justicia Criminal Descripción del Programa
Recopila y mantiene la información disponible sobre el historial de personas que son encausadas y convictas por la comisión de delitos graves en un sistema de información, que se actualiza constantemente. Integra y mantiene dicha información a base de datos nacionales. Provee acceso y facilidades de comunicación a las agencias de ley y orden, municipales, estatales y federales para la obtención de información criminal detallada, precisa y a tiempo, sobre personas y eventos relacionados con el proceso criminal en Puerto Rico como en toda jurisdicción y estados de los Estados Unidos. Además, desarrolla y provee apoyo técnico a proyectos como: Agresores Sexuales, Seguimiento de Casos en Fiscalía, Órdenes de Protección, Gangas y Terrorismo, Asuntos de Menores y otros componentes. Mediante la página electrónica
www.sijc.gobierno.pr,
se puede acceder el registro electrónico de ofensores sexuales. Clientela
Las agencias que componen el Sistema de Justicia Criminal son: Policía de Puerto Rico, Tribunal General de Justicia, Departamento de Corrección y Rehabilitación, Junta de Libertad Bajo Palabra, Departamento de Justicia, Oficina de Servicios con Antelación al Juicio y la Policía Municipal. PRESUPUESTO APROBADO PARA EL AÑO FISCAL 2012-2013 El presupuesto consolidado aprobado para el año fiscal 2012-2013 asciende a $161,788,000. Los recursos incluyen $125,896,000 provenientes de la Resolución Conjunta del Presupuesto General, $12,000,000 de Asignaciones Especiales, $13,694,000 de Fondos Federales y $10,198,000 de Fondos Especiales Estatales.
Los gastos de funcionamiento reflejan un aumento de $1,327,000 en comparación con los recursos asignados para el año fiscal 2011-2012. Este cambio se debe principalmente a un incremento en las aportaciones de los fondos federales.
Además, se incluyen $12,000,000 provenientes de Asignaciones Especiales del Presupuesto General. Estos se destinarán para lo siguiente: $9,000,000 para el Programa de Salas Especializadas en Casos de Sustancias Controladas, $200,000 para los gastos de funcionamiento del Instituto de Capacitación y Desarrollo del Pensamiento Jurídico y $2,800,000 para sufragar la representación legal del Estado, según dispuesto en la Ley Núm. 104 de 29 de junio de 1955, según enmendada por la Ley Núm. 9 de 26 de noviembre de 1965. La asignación del Programa de Salas Especializadas en Casos de Sustancias Controladas a su vez, le consignará sus recursos a las agencias que participan de éste, como lo son: el Departamento de Justicia, la Policía de Puerto Rico, la Administración de Servicios de Salud Mental y Contra la Adicción (ASSMCA), el Departamento de Corrección y Rehabilitación y la Sociedad para la Asistencia Legal.
Los recursos con cargo a los Fondos Especiales Estatales provienen de las siguientes leyes: Ley Núm. 93 de 13 de julio de 1988, "Ley Uniforme de Confiscaciones"; Ley 183-1998, "Ley para la Compensación a Víctimas de Delito; Ley 44 de 5 de agosto de 1989," Ley de Modernización de las Operaciones del Registro de la Propiedad"; Ley Núm.1 de 1 de diciembre de 1989, "Ley de Cierre" y la Ley 205-2004, "Ley Orgánica del Departamento de Justicia". Además, se generan recursos a través de rembolso en acuerdos interagenciales por servicios prestados a agencias estatales y federales. Los recursos del Fondo de Confiscaciones provienen de la venta o transferencia de las propiedades que legalmente se confiscan, en los casos que se determina la utilización de ésta en la comisión de un delito. Estos recursos se utilizarán para absorber los gastos administrativos de la Junta de Confiscaciones. El Fondo de Mecanización del Registro de la Propiedad es producto de los recaudos del arancel que se paga por inscripción de los documentos radicados en el Registro. Ocho de cada diez dólares que se cobran por dicho arancel, se ingresa a este Fondo, que se utilizará para el desarrollo del Sistema Mecanizado. Ésta pretende agilizar el despacho de los documentos pendientes de inscripción y mejorar la tramitación en este Organismo para beneficiar a los propietarios, investigadores de título, bancos, entre otros, que intervienen en la venta y adquisición de propiedades. En el Fondo Especial de Compensación a Víctimas de Delitos, ingresa el recaudo por concepto de imposición de la pena especial por la comisión de delito, conforme con lo establecido en el Código Penal del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. En el Fondo de Ley de Cierre se ingresan los recaudos de las multas que se expiden a los comerciantes por violar esta Ley. El Departamento proyecta para el próximo año fiscal un gasto similar al vigente para los gastos provenientes de Fondos Especiales Estatales.
Entre los programas federales que provee las mayores aportaciones se incluyen: "Crime Victim Assistance" y "Edward Byrne Memorial Justice Assistance Program". Se proyecta un incremento en el gasto de las aportaciones de fondos federales ascendente a $1,136,000. Estos recursos se utilizarán para proyectos en el Departamento de Justicia, otras agencias, municipios y entidades sin fines de lucro para iniciativas de prevención del crimen y asistencia a víctimas. RESUMEN DE LOS RECURSOS DISPONIBLES DE LA AGENCIA
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