AUTORIDAD PARA LAS ALIANZAS PÚBLICO PRIVADAS | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
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BASE LEGAL
La
Ley 29-2009,
según enmendada, conocida como "Ley de Alianzas Público Privadas", crea la Autoridad para las Alianzas Público Privadas, como una corporación pública del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, adscrita al Banco Gubernamental de Fomento. Este Organismo es responsable de implantar la política pública sobre alianzas y de determinar las funciones, servicios o instalaciones para las cuales se establecerán tales alianzas. MISIÓN
Facilitar el desarrollo económico y mejorar la calidad de vida en Puerto Rico, mediante el establecimiento de alianzas entre el Gobierno y las entidades privadas para propiciar el mejoramiento de los servicios y la innovación en la infraestructura. RECURSOS HUMANOS
INVERSIÓN DE RECURSOS
La inversión de recursos destinados para cumplir con los deberes ministeriales de la Agencia en el Año Fiscal 2014-2015 ascendió a $5,155,000, los cuales provienen en un 100% de Préstamos y Emisiones de Bono. PRESUPUESTO RECOMENDADO PARA EL AÑO FISCAL 2015-2016
El presupuesto consolidado recomendado para el Año Fiscal 2015-2016 asciende a $5,155,000, provenientes de Préstamos y Emisiones de Bonos. Los gastos de funcionamiento se mantiene igual a los recursos presentados para el Año Fiscal 2014-2015. RESUMEN DE LOS RECURSOS CONSOLIDADOS DE LA AGENCIA
Gestión de Proyectos de Alianzas Público-Privadas Descripción del Programa
Evalúa la viabilidad y conveniencia de establecer Proyectos de Alianzas Público-Privadas (APP) y lleva a cabo los procesos competitivos de licitación para la formulación de Contratos de Alianzas, según lo establecido en la Ley 29-2009. Clientela
Comercios, industrias, escuelas públicas, privadas y laicas, hospitales, agencias gubernamentales, municipios, universidades y la comunidad en general. |